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¿Diferencias entre persona física y persona Moral?

Cuando iniciamos un negocio es importante decidir cómo nos vamos a dar de alta; sí como una persona moral o bien como una persona física, ya que se trata de una decisión muy importante. Es necesario planear y definir lo que es más conveniente para el negocio.

¿Cómo diferencias a una persona física y a una persona moral?

Persona Física

Toda persona humana con capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. (Trabajadores independientes, agentes, contratistas, etc)



Persona Moral

Conjunto de personas físicas o personas morales que se unen con un fin específico, teniendo una entidad legal. (S.A; S.C.; etc)

Debes de saber que una persona moral

La razón social está compuesta por el nombre o denominación social de la empresa y las iniciales del tipo de sociedad mercantil con la que se constituyó.

La persona moral adquiere obligaciones fiscales desde el momento de su creación. Su patrimonio está formado por las aportaciones de un grupo de personas (sociedad), delimitadas según lo estipulado en el acta constitutiva.

La tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es fija y corresponde al 30%. En el primer ejercicio fiscal no se pagan impuestos, al no contar con un coeficiente de utilidad (esto no aplica para el régimen de flujo de efectivo).

Una persona moral ofrece mayor certeza jurídica a sus clientes y proveedores. Además, está obligada a presentar contabilidad electrónica ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a partir del ejercicio fiscal 2015.

Mientras que las personas físicas

La tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) varía del 1.92% al 35%, según la base gravable obtenida. Los impuestos se calculan sobre lo efectivamente cobrado, lo que permite disponer del dinero de manera más rápida y sencilla.

Como persona física, en algunos casos se pueden realizar deducciones personales, tales como:

  • Intereses hipotecarios
  • Ahorro para el retiro
  • Donativos
  • Primas de seguros de gastos médicos
  • Honorarios médicos y gastos hospitalarios
  • Transporte escolar
  • Colegiaturas
  • Gastos funerarios

Las personas físicas están obligadas a presentar contabilidad electrónica ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) si sus ingresos superan los 4 millones de pesos.

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Es importante identificar cuál es tu actividad, tu giro y el objetivo que tienes para que sepas cuál debe ser tu estatus ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y poder consultarlo con un experto en la materia cómo Bukzir, dónde te podemos guiar para que puedas tomar la mejor decisión para tu negocio.